HECHOS:
siendo aproximadamente las 23:00 veintitrés horas del 02 dos de Enero del año en curso, el Indiciado SERGIO GARCIA RODRIGUEZ tenía estacionado su vehículo marca NISSAN, tipo TSURU, color GRIS, bloqueando por completo la entrada a la cochera del domicilio del ofendido, ubicado en la calle Clavel de la Colonia Bugambilias, como en muchas otras ocasiones lo ha hecho, por lo que el ofendido a bordo de su camioneta hizo sonar su claxon para que saliera a mover su automotor, sin embargo, tras varios intentos, el ofendido adelantó su camioneta hacia arriba sobre la misma calle, para quedar a la altura de la casa del indiciado, una vez ahí la esposa del ofendido, descendió de la camioneta y tocó a la puerta de los vecinos, y del interior se escuchó la voz del hoy activo, que molesto gritó y posteriormente salió de su casa, ahí es cuando la esposa del ofendido le dijo que si no le gustaba que lo molestara, que no estacionara su vehículo obstruyendo la entrada del ofendido, por lo que el activo aborda su unidad, e inmediatamente desciende de la misma, se dirige con decisión hacia el ofendido y aprovechando que éste tenía abajo el vidrio de su ventana, le atesta unos puñetazos en la cara, el ofendido, como puede detiene la marcha de su camioneta, y desciende de la misma para defenderse; el activo SERGIO GARCIA RODRIGUEZ, el cual aún furioso, se le deja ir a golpes, es decir con sus puños lo sigue golpeando en la cara, así entonces el pasivo cae al suelo, en donde el indiciado lo sigue golpeando.