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Este personaje, que está involucrado en un fraude por la venta de terrenos inexistentes en Bahía de Banderas y cuya Carpeta de Investigación es la NAY/SAY/V/RH/04297/2023, en la que se ventila la transacción que hizo por 580 mil pesos en perjuicio de un ciudadano, también opera el despacho contable que es sujeto de una minuciosa investigación, de acuerdo con fuentes federales de información.
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También "los invita" para que traten de conseguir contratos con gobiernos y entidades públicas.
De hecho, les entrega a los futuros compradores de terrenos, una ficha técnica en la que especifica cómo “Consulta Actuarios S.C” puede ayudar a los contribuyentes a que les regresen dinero producto del pago del ISR.
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En dicha ficha, se puede leer que “Consulta Actuarios S.C es una firma especializada en la prestación de servicios jurídicos, fiscales, contables, actuariales y administrativos al sector público y privado”
Que, “ha colaborado durante más de 40 años con Entidades Federativas, Estatales, Municipales, Sindicatos y Organismos Públicos Descentralizados”, a los que brinda asesoría para el logro de la recuperación del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por la prestación de servicios personales subordinados, esto, en términos de lo establecido en el artículo 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal.
Los requisitos que pide este despacho es que la dependencia –persona física o moral del sector público o privado—presente un saldo de sus estados contables, y los señalados en el Art. 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal.
Asimismo, el ISR efectivamente pagado y enterado, correspondiente al salario de su personal, mismo que será participado una vez descontadas las devoluciones.
Igual, el salario es pagado con recursos propios o participaciones.
Que los entes públicos enteren el 100% de la retención de ISR de los salarios pagados con recursos federales y estatales.
De esta manera, señala el documento, se participará a las entidades federativas y sus municipios el 100% de la recaudación efectuada y enterada por éstos, así como por sus organismos descentralizados.
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En agregado, piden la documentación requerida para el timbrado de nómina de cada quincena de todo el ejercicio (Archivo en Excel desglosando percepciones y deducciones) y los datos fiscales de la dependencia: RFC, Registro Patronal y Dirección fiscal.
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Así, subraya el despacho en su ficha técnica, “Consulta Actuarios” envía a la entidad un contrato de confidencialidad a consecuencia de la información que se maneja en la operatividad de la devolución del artículo 3-B de la LCF.
En el proceso de timbrado de nómina –agrega--“Consulta Actuarios” recopila la información entregada por la entidad; analiza y sube al sistema de timbrado el Layout entregado y revisa las declaraciones de pago de ISR por concepto de sueldos y salarios, para determinar los montos correctos calculados.
De esa manera, “Consulta Actuarios” asimismo revisa y timbra la nómina con los datos e información fiscal entregada por la entidad y elabora una “carpeta de entregables”.
El tiempo estimado para todo el proceso –ofrece el despacho—son siete días a partir de la entrega de la documentación completa. Y el tiempo máximo para la descarga del recurso, es de tres meses a partir de implementarlo.
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En ese contexto, el sistema de nómina envía por correo electrónico todos los timbres emitidos, se añade en la ficha.
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Por estas prácticas, el SAT investiga a despachos contables y a probables entidades del sector público y privado, así como a personas físicas y morales.
No es la primera vez que el SAT desmantela despachos contables que podrían estar ofreciendo servicios fiscales aparentemente fáciles para engañar a contribuyentes, ofreciendo supuestas devoluciones de impuestos con información falsa.
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De acuerdo con el Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas, (IMEF), hay tres formas de elusión fiscal
“1. Posponer impuestos: el valor presente de un impuesto pospuesto puede ser menor que el valor a pagar en el período corriente. Esta posibilidad de elusión estará presente sólo para impuestos que sigan el criterio del percibido, y no del devengado.
- Arbitraje entre individuos que enfrentan tasas impositivas distintas: dentro de una familia o generando transacciones ad hoc, o sea diseñadas con el único objeto de reducir la carga tributaria de uno de los agentes que participan de la misma.
- Arbitraje entre fuentes de ingreso con distinto tratamiento impositivo. Stiglitz demuestra que, bajo los supuestos de información perfecta y mercado de capitales perfectos, los agentes económicos están en condiciones de eludir la totalidad del impuesto, aunque reconoce a la vez que en la realidad tal impuesto es pagado por la mayoría de las contribuyentes, lo cual atribuye principalmente a imperfecciones del mercado de capitales.
En México, el caso de la consolidación fiscal permitió a los grupos de empresas mezclar empresas perdedoras con empresas ganadoras y así eludir fiscalmente el pago de impuestos dentro de un marco legal.
En la actualidad, existen aún varias deducciones fiscales tales como la previsión fiscal, el fondo de ahorro y los gastos de viaje que están en el filo de la navaja, pudiendo ser deducibles y pudiendo caer dentro de la evasión fiscal”, sostiene el IMEF en Internet.