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Viernes, 30 Agosto 2024 03:27

Magistrados liberan a presuntos asesinos de Analey Montes; un juez los había sentenciado a 70 años por feminicidio

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Por Jorge Olmos Contreras

Un hecho por demás aberrante en el que la justicia pareciera inclinarse a favor de criminales, es el que acaba de ocurrir en la Sexta Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), donde tres magistrados –entre ellos dos mujeres—resolvieron dejar en libertad a los hermanos Jacinto y Nahum Neri, quienes el 22 de abril del 2018 habrían asesinado a la señora Analey Montes y por cuyo feminicidio ya habían sido sentenciados a 70 años de prisión en 2023.

En el análisis del caso, plagado de justificantes e interpretaciones jurídicas –casi todas a favor de los presuntos feminicidas--, los magistrados Elsa Navarro H –en su carácter de presidenta de la Sexta Sala--; Ruth Gabriela Gallardo y Jorge Arturo García, determinaron que “no existió violencia de género” en contra de la víctima, y que, por lo tanto, no se configuraba el delito de feminicidio.

Asimismo, puntualizaron que, en la apelación de la sentencia de 70 años, la defensa de los acusados “demostró” que uno de ellos estaba “en diverso” lugar el día del crimen, es decir, que supuestamente se encontraba en otro sitio.

En su resolución, con cierto sesgo, estos magistrados se negaron a tomar como pruebas o evidencias videos tomados de una tienda cercana al lugar de los hechos --el crimen fue por la calle Revolución de Las Juntas—en donde presuntamente se observa a los sujetos retirándose en un automotor.

EL CRIMEN

Cabe recordar que el trágico día de los hechos, Nahum y Jacinto Neri llevaron con engaños en un vehículo automotor a Analey Montes y una amiga de esta, de nombre Marlene GC, a un sitio cercano al río Ameca, y ahí agredieron a Analey, según las investigaciones que realizó la fiscalía regional.

Que Jacinto (cuñado de Analey) conducía el automóvil, mientras que de copiloto iba Analey; en la parte trasera iban Nahum y Marlene, pero de pronto el chofer detuvo la marcha y se bajó para dirigirse a la otra puerta, abrirla y bajar con violencia a su cuñada, tirarla al piso y golpearla; a la agresión se sumó Nahum quien también atacó a puñetazos a quien antes fue su esposa.

No conforme con la golpiza, Nahum, agarró un bloque de concreto y con este objeto le asestó varios golpes en la cabeza a su mujer mientras gritaba ¡por lo que me hiciste c… ¡… Al acto violento también se sumó Jacinto, quien tomó el ladrillo y con este le siguió dando en la parte de la nuca a su cuñada. Después, el propio Nahum le habría cortado el cuello a su pareja con un vidrio de botella.

EL FEMINICIDIO

En el 2023, un juez de control y oralidad determinó que la privación de la vida de Analey fue en razón de género, ya que tanto el marido como el cuñado ejercieron actos de dominio y control sobre ella, con la equivocada percepción de que una mujer es propiedad de ellos, por lo que los sentenció por feminicidio.

Sin embargo, la defensa de los hermanos Neri recurrieron a la apelación de la sentencia y, en segunda instancia, los magistrados ya señalados, los dejaron en libertad, pese al cúmulo de evidencias que aportó el Ministerio Público y que fueron desechadas y subestimadas por los integrantes de la Sexta Sala del STJE.

De entrada, consideraron que no había feminicidio en este caso, “porque no existen pruebas de que el móvil del asesinato haya sido por razones de género”.

Que no se acreditó de manera directa esos motivos en razón de género, “porque no existe prueba alguna” que indique quién o quiénes privaron de la vida a Analey.

LAS PRUEBAS… DESESTIMADAS

No obstante, la fiscalía concluyó que la muerte de la víctima sí se realizó en un contexto de violencia de género perpetrados por el esposo (Nahum) y el cuñado (Jacinto), ya que en el juicio aportaron testimonios de testigos y de una psicóloga.

Además, las hijas, amiga, hermana y quien era pareja de Analey, dijeron en el juicio que entre Analey y Jacinto existía una relación de pareja conflictuada, e indicadores de violencia psicológica y económica por parte de su esposo, así como sexual por parte de su cuñado.

Sin embargo, los magistrados resolvieron que dichos indicadores “no permiten establecer un móvil de género para que los acusados hubiesen privado de la vida” a la señora.

Empero, la fiscalía señaló que el móvil del crimen era porque la víctima había decidido dejar a su esposo.

En este contexto, los magistrados le dieron más importancia a lo que dijeron los testigos y las propias hijas de Analey, en el sentido de que llevaban ocho meses separados y que incluso cada uno ya tenía pareja.

Pero no le dieron importancia al hecho de que Analey fue violentada por el marido durante su relación de pareja. También minimizaron dos hechos en los cuales la víctima cacheteo y quebró el celular a su esposo, además de romper la ventana y quemar su ropa, ya que concluyeron que “estos actos que resultan independientes (pues), ocurrieron 15 días antes de que fuera privada de la vida la víctima, sin que determinamos que exista vinculación de esos actos con la muerte de la víctima ni que sea un motivo para privarla de la vida, pues ello resulta una mera conjetura”, “dado que no existía un móvil” para que ellos la hubieran matado.

Un punto importante que se dio en el juicio es que una de las hijas de la víctima dijo que ese 18 de abril del 2018 observó que a su casa llegó la amiga de su mamá, Marlene, para invitarla a salir y que a las 06:50 de la mañana vio que su madre se subió a un carro donde también iban el esposo Jacinto y el cuñado Nahum.

ELLA NO SE PORTÓ BIEN”

Otra prueba que fue desestimada por los magistrados, porque tampoco fue “eficaz para demostrar la participación de Jacinto en los hechos” es la versión de una testigo que afirma que el esposo de Analey le estaba diciendo a su hermana “que si a ella no le contaba nada (pero), que él le decía a su hermana que se portara bien, pero ella no quiso entender, no se portó bien su hermana, vea lo que le pasó, allá en la criba está tirada su hermana, que él no tenía dinero para enterrarla o cremarla”… circunstancias que, a juicio de los jueces,  “no conlleva a establecer que él privó de la vida a la víctima; toda vez que se desprende que ellos ya sabían de su muerte por conocimiento de los propios policías”.

Otro punto a destacar es que se ofreció otra prueba en contra de los acusados: una ficha de solicitud de procedimiento abreviado (éste se solicita para declararse culpables y les reduzcan la pena), pero los magistrados no la consideraron una prueba válida, “ya que al no haberse admitido ese planteamiento en etapas previas”, “el Juez de control debió ordenar que todos los antecedentes relativos al planteamiento, discusión y resolución de la solicitud de procedimiento abreviado, fueran eliminados del registro”

Y se preguntaron: “Desconociendo este Cuerpo Colegiado, cómo es que la defensa invocó o contaba con copia de ese registro cuando debió de haber sido eliminado de la carpeta de investigación y administrativa”.

“LA VERDAD HISTÓRICA” … AUSENTE

Así las cosas, y de acuerdo con las pruebas desahogadas, los magistrados llegaron a la conclusión de que “no se cuenta con elementos suficientes para conocer la verdad histórica de lo sucedido, esto ante la falta de testigos presenciales o incluso de referencia que nos permitan establecer las circunstancias en que perdió la vida la pasivo, específicamente referente a quién o quiénes fueron los activos que la victimaron”.

Por ello, la Sexta Sala del STJE resolvió absolver a los presuntos por el delito de feminicidio, “al no acreditarse los elementos del citado tipo penal”, cometido en agravio de Analey.

Por lo tanto, ordenaron a la Fiscalía para que continúe con la investigación del hecho delictivo “con el fin de que el delito no quede impune y se castigue al culpable, puesto que, no se pierde de vista que se encuentra plenamente justificada la muerte violenta de la víctima”.

LO QUE SIGUE…

Hasta ahí algunos de los motivos que tuvieron los magistrados para dejar en libertad a los presuntos asesinos de Analey, por lo que ante la negativa de reponer el proceso y ante semejante fallo, abogados de las víctimas indirectas ya pusieron un amparo contra esta revocación.

Lo más grave de todo, es que los dos sujetos que dejaron en libertad estos magistrados podrían representar un peligro para familiares de Analey y para personas que participaron en el juicio, ya que han sido vistos en algunos puntos de Las Juntas consumiendo bebidas alcohólicas y alardeando su “triunfo jurídico”; victoria que supuestamente presumen, fue gracias a que su padre, Hermenegildo N, es muy influyente y que él les habría prometido que, fuera como fuera, los iba a sacar de la cárcel.

Una de las familiares de Analey, vive con temor, porque dice que le han llegado versiones de que los hermanos Neri podrían causarle algún daño físico, a ella y a su esposo.

En la segunda parte de esta historia les vamos a contar la misteriosa “desaparición” de la testigo que supuestamente presenció la muerte de Analey, es decir, su presunta amiga de nombre Marlene y las contradicciones de sus declaraciones.

 

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