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Sábado, 31 Agosto 2019 00:13

Alberto Gudiño pide 144 horas para resolver su situación jurídica; mientras le imponen prisión preventiva justificada

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Por Jorge Olmos Contreras

Luego de llevarse a cabo la audiencia inicial de formulación de imputación por cumplimiento de una orden de aprehensión contra el presunto gestor, Alberto Gudiño Cueto, por el delito de fraude, esta mañana el juez que tomó el caso --bajo la causa 2805/2019--, impuso prisión preventiva contra el imputado como medida cautelar y fijó como fecha el próximo jueves cinco de septiembre para la continuación de la audiencia inicial.

El juez Osvaldo López Tapia, titular de la Primera Sala del VIII Distrito de los juzgados orales, resolverá sobre la vinculación o no de Gudiño Cueto una vez que haya vencido el plazo de 144 horas que solicitó el imputado para resolver su situación jurídica.  

En la audiencia inicial de hoy, Gudiño Cueto se reservó su derecho a declarar y se acogió al beneficio constitucional de ampliación de término --de 72 a 144 horas—para la continuación de la audiencia; pero mientras tanto, el juez López Tapia le impuso la medida cautelar correspondiente con prisión preventiva justificada, señalada en el artículo 155 fracción XIV del Código Nacional de procedimientos Penales, quizás ante el riesgo inminente de que el imputado se sustraiga de la justicia.

De esta manera, Gudiño Cueto, se acogió al beneficio constitucional, se reservó su derecho a declarar y pidió la duplicidad del término, de 72 a 144 horas para resolver su situación jurídica mientras llega el día de continuación de audiencia inicial, donde se sabrá si lo vinculan a proceso o no, y que será dentro de cinco días.

Por las denuncias existentes –que son varias y los afectados alrededor de 100 personas—es probable que sí le dicten auto de vinculación a proceso y como medida cautelar dejen en prisión a Gudiño Cueto al menos seis meses o un año mientras se realiza la investigación complementaria, siempre y cuando el juzgador justifique dicha prisión preventiva.

 

 

 

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