Por Jorge Olmos Contreras
El propietario del conocido negocio “El Pollo Campero” de El Pitillal, Epifanio Ramos Arquieta, trae arrastrando una historia de prepotencia, mentiras, engaños e invasiones en perjuicio de unos ejidatarios de Las Juntas, a quienes insiste en quitarles sus tierras argumentando que su madre es legítima poseedora de poco más de 4.3 hectáreas, no obstante a que el Tribunal Unitario Agrario del 13 Distrito resolvió una sentencia definitiva –el 12 de noviembre del 2004-- en contra de la señora María Guerra Jiménez y a favor del señor Sabás Espinoza Mendoza.
El 13 de junio del año 2006, Martha Beatriz Suárez Arqüelles, actuario ejecutor del citado Tribunal, vino a Puerto Vallarta para cumplir con la sentencia dictada por el Tribunal, dentro de la Controversia Agraria del juicio 231/2003. Se presentó en el predio aludido e hizo entrega de la parcela 289, que mide 4-30-79.123 hectáreas, al ejidatario Sabás Espinoza Mendoza, quien demostró en el juicio ser el legítimo poseedor del mismo, más no así la señora María Guerra Jiménez, quien no se presentó en este acto, pese a estar notificada.
Ahí mismo, el actuario solicitó al Tribunal Agrario para que apercibiera a la señora Guerra Jiménez “para que se abstenga en lo subsecuente de perturbar la propiedad y posesión de las tierras que en este acto me fueron entregadas”.
Sin embargo, desde esta ejecutoria a la fecha, los hijos de la señora Guerra Jiménez continúan introduciéndose a la propiedad de Sabás Espinoza, causando daños al lugar, retirando el alambrado y hasta construyendo una cabaña de lámina y madera, en abierto reto a las autoridades agrarias que ya resolvieron el caso en lo jurídico.
DESPOJO SILENCIOSO
Los familiares de Sabás Espinoza, quien hace poco falleció de muerte natural, han acudido en repetidas ocasiones con la policía municipal para que saquen a los invasores de sus terrenos, pero no lo han hecho. Tampoco el Tribunal que dictó la sentencia ha ordenado que se vigile el predio, por lo que continúa un molesto y silencioso despojo por parte de los hijos de la señora Guerra, Alberto y Epifanio Ramos.
De hecho, el comerciante Epifanio Ramos Arquieta ha externado que no se va a salir del potrero y reta a las autoridades a que lo saquen, ya que todos los días envía empleados para que sigan trabajando en la construcción de la cabaña de madera y otras cosas, como usufructuar y gozar de los árboles frutales, además de quitar y derribar el alambrado que los auténticos dueños han colocado para delimitar lo que es de ellos.
Como parte de esta Controversia Agraria, está el antecedente de que el predio “Las Trompetas” fue adjudicado a Sabás Espinoza por la expropiación de terrenos que sufrieron los ejidatarios de Las Juntas para la construcción del aeropuerto internacional “Gustavo Díaz Ordaz”, sin embargo y con el insano objetivo de apropiarse de lo ajeno, María Guerra y sus hijos alegaron que ellos eran poseedores del mismo desde hace muchos años y que además las 4.3 hectáreas eran pequeña propiedad y no tierras ejidales.
Pero como Sabás Espinoza Mendoza demostró ser el verdadero poseedor de los derechos ejidales del predio, la señora Guerra, a través de su apoderado legal, Epifanio Ramos Arquieta –es decir, su propio hijo— entablaron un juicio de Controversia Agraria contra Espinoza, donde argumentaban que ellos eran los legítimos poseedores.
UN CUENTO CHINO
Pedían al Tribunal el mejor derecho al uso y goce y usufructo de la parcela 289 “así como se me reconozca mi calidad de ejidatario en dicha parcela con superficie 4-30-79.123 hectáreas de agostadero”.
Bajo protesta de decir verdad –lo cual nunca hizo--, le contó un largo cuento al Juez, pues aseguró: “tengo la posesión desde hace más de 60 años en forma pacífica, pública, continua e ininterrumpida, de buena fe, en calidad o a título de ejidatario de una fracción de terreno denominado “Trompetas de San Nicolás”.
Dijo que en 1940, su cónyuge, Lorenzo Ramos Talavera trabajaba con el señor Antonio Güereña Rosas, terrateniente y dueño inicial de cinco mil 800 hectáreas, y que debido a su lealtad y buen desempeño, le dio posesión de 30 hectáreas, mediante pago que hacía a un administrador, “también abonaba a cuenta con trabajos propios del campo, más nunca nos dio papeles ni comprobante alguno debido a la confianza que existía mutuamente”.
“En ese entonces ya estaba en vigor el decreto del dos de junio de 1937, en el cual se expropiaba a Antonio Güereña Rosas 968 hectáreas para dotar de tierras al ejido Las Juntas, debiéndole respetar las poblaciones y pequeñas propiedades que ya existieran antes del decreto y las que ya estuvieran ocupadas y que así lo demostraran”.
MAS MENTIRAS
“Por tanto y debido a rumores de la gente, nos empezó a entrar la duda y la incertidumbre acerca de dónde estábamos ubicados, por lo que a petición del Comisariado Ejidal de ese entonces nos hicieron las gestiones para deslindar los límites, viviendo, ocupando y usufructuando las 30 hectáreas que se nos habían dado en posesión, ahora en calidad de ejidatarios”.
Y prosiguió: “Fue hasta 1983 cuando mi cónyuge Lorenzo Ramos fue objeto de una demanda vil, temeraria y cobarde por el delito de despojo; más mi cónyuge presentó como prueba constancia del 29 de agosto de 1982, expedida por el Comisariado Ejidal en funciones, motivo por el cual demostró su inocencia, al resumirse en la sentencia que no pudo entrar furtivamente en esas tierras, por lo que se le absolvió, por lo tanto seguimos ocupando las mismas”.
También aseguró que Sabás Espinoza Mendoza “nunca ha tenido en posesión la parcela 289 y que en forma indebida se presentó ante el PROCEDE, cuando elaboraban el plano definitivo del ejido, para hacer creer que él tenía la posesión de la parcela “para sorprender y beneficiarse con ello”.
PRETENSIONES INFUNDADAS
En demanda de reconvención, el señalado por la señora Guerra, Sabás Espinoza, externó que eran infundadas e improcedentes las prestaciones que pretendía María Guerra, que los hechos imputados a él son falsos y que, por el contrario, son hechos propios de la demandante.
Dijo que es falso que la parcela 289 haya derivado de la superficie que se dice adquirió Lorenzo Ramos Talavera del terrateniente Antonio Güereña Rosas. “Lo que sí es verdad, es que el predio es parte del ejido Las Juntas, cuya superficie fue dotada en el año 1937, y el ejido es libre para distribuirlas y no así debía respetar poblaciones o supuestas propiedades que ya existieran, como lo dice María Guerra, puesto que la dotación extingue cualquier derecho que pudiera existir”.
Respecto a que la señora Guerra y sus hijos son los poseedores de la parcela, subrayó que es totalmente falso, ya que dijo ser es el único poseedor desde 1982, “y esto se debe a que fui beneficiado por la asamblea general de ejidatarios, ya que se me asignaron por acuerdo y desde esa fecha la delimité y la circulé con alambre de púas y postes de madera”.
En 1994, solicitó al comisariado ejidal le delimitaran formalmente la parcela y expidieran una constancia que le acreditara realmente lo que le correspondía, lo cual sucedió en 1995 en la que le expidieron una constancia de posesión y desde entonces la ha venido usufructuando en forma personal y pacífica, indicó en actuaciones.
También sostuvo que es falso que se haya presentado ante el PROCEDE para sorprenderles cuando elaboraron el plano definitivo del ejido. “Tan es así, que mi parcela se dejó en conflicto en la asamblea del PROCEDE, debido a que se presentó Alberto Ramos Guerra, hijo legítimo de María Guerra y señaló su inconformidad con la designación de la parcela 289 a mi favor; ya que alegaba que era parte de su supuesta pequeña propiedad; “y como se estaba haciendo una compraventa de tierras a diversos compañeros y se podrían ver perjudicados, estuve de acuerdo en que dejaran mi parcela en conflicto y fue a través del juicio agrario 324/2000, que se resolvió me asistía el mejor derecho sobre la misma”.
Inconforme, María Guerra interpuso un juicio de amparo indirecto ante el Juez Segundo de Distrito bajo el expediente el 422/2002 en contra de la sentencia del Tribunal, argumentando otra vez que era ella la que tenía posesión de la parcela y que a ella le asistía el derecho; además señaló que su hijo Alberto y Sabas Espinoza eran terceros perjudicados; pero el Juzgado dictó resolución sobreseyendo el juicio, ya que ella no demostró tener derechos sobre dicha superficie ni derechos posesorios.
Más inconforme, la señora Guerra interpuso el recurso de revisión y el mismo le fue negado dentro del toca 333/2002. Con dicho recurso, se confirmó la resolución del Juez de Distrito.
Al respecto, Sabás Espinoza dijo: “Por lo tanto, la hoy actora no cuenta con derecho alguno como lo señala, por lo que con lo antes señalado demuestro que es falso lo manifestado por María Guerra y que lo único que busca es engañar a este H Tribunal Unitario Agrario, conduciéndose con falsedad, buscando a través del engaño beneficiarse con un bien que no le corresponde y del cual sabe no tiene ningún derecho”.
Finalmente, en el juicio de Controversia Agraria, el Tribunal Unitario le dio la razón a Sabás Espinoza Mendoza y en sentencia definitiva y como causa juzgada de hechos consumados, resolvió:
Se condena a María Guerra Jiménez a la desocupación y entrega física y jurídica de la parcela 289, conforme los fundamentos y motivos señalados en el considerando segundo, ya que Sabás Espinoza Mendoza es el titular de los derechos agrarios en términos de la sentencia pronunciada el 16 de agosto del 2001 en el expediente agrario número 324/2000.
A María Guerra le dieron un plazo de 10 días o 15 si estaba inconforme, para que cumpliera voluntariamente la sentencia y que en caso de no hacerlo, el tribunal proveería con los medios de apremio, la ejecución forzosa del fallo.
En la misma sentencia, se absolvió a Sabas Espinoza de las pretensiones planteadas o exigidas por María Guerra.
A la fecha, los hijos de María Guerra se siguen metiendo al predio “Las Trompetas”, y ni una solicitud al subdirector operativo de la policía municipal, Ernesto Ojinaga, ha podido sacar definitivamente a los invasores, ahora delincuentes al perder el juicio.
(Adelanto del reportaje en la edición 104 de VALLARTA UNO actualmente en circulación)