giweather joomla module
Jueves, 29 Septiembre 2016 18:31

Hacen entrega oficial de la calle “Francisca Rodríguez” al Ayuntamiento… para uso exclusivo de andador peatonal

Escrito por
Valora este artículo
(0 votos)

Por fin, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), oficializó este jueves 29 de septiembre, la entrega de una parte de la boca calle “Francisca Rodríguez” para que sea utilizada por el municipio única y exclusivamente como andador peatonal.

El acuerdo se publicó en el Diario Oficial de la Federación, y en el documento se indica que “se destina al servicio del Ayuntamiento de Puerto Vallarta, Jalisco, la superficie de 611.141 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar, ubicada en calle Francisca Rodríguez, Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, para uso de andador peatonal, jardinería y acceso al muelle”.

En los considerandos, el secretario del medio ambiente señala que esta área esta “dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra una superficie 611.141 m2 de zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar, ubicada en calle Francisca Rodríguez, Municipio de Puerto Vallarta, la cual se identifica en el plano de levantamiento topográfico con clave  No. TOPOVAD/JAL/2015/08, de fecha agosto de 2015, y que cumple con la delimitación oficial con clave DDPIF/JAL/2014/01, de fecha julio de 2014, escala 1:2,000, que consta de 18 planos, basado en un sistema de coordenadas UTM, zona 13, con un datum de referencia WGS84, y que obra en el expediente 1178/JAL/2015 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, cuya descripción técnico-topográfica está señalada en el artículo primero de este Acuerdo”.

Por igual, que el Ayuntamiento de Puerto Vallarta, mediante solicitud recibida con fecha 29 de septiembre de 2015, pidió se le destinara esta superficie para uso de andador peatonal, jardinería y acceso al muelle; y que el 04 de diciembre del 2015, según oficio 4309/15 la Dirección General de Ecología y Ordenamiento Territorial emitió constancia que acredita la compatibilidad del uso del suelo para la superficie solicitada en destino, es por lo que se otorga la superficie en comento.

También se tomaron en cuenta las opiniones emitidas por la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros; y por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales; por lo que se determinó que la solicitud realizada por el Ayuntamiento cumple técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad vigente.

Al cumplirse todos los requisitos de laq solicitud, la Semarnat emitió el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO PRIMERO. - Se destina al servicio del Ayuntamiento de Puerto Vallarta, Jalisco, la superficie de 611.141 m2 de zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar, ubicada en calle Francisca Rodríguez, Municipio de Puerto Vallarta, para uso de andador peatonal, jardinería y acceso al muelle, e incluye la descripción técnico-topográfica y su cuadro de coordenadas.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Este Acuerdo únicamente confiere al Ayuntamiento de Puerto Vallarta, Jalisco, el derecho de usar la superficie destinada al cumplimiento del objeto señalado en el artículo primero del presente instrumento, no transmite la propiedad ni crea derecho real alguno a favor del destinatario.

ARTÍCULO TERCERO. - La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en cualquier momento, podrá delimitar nuevamente la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar, motivo por el cual las coordenadas de los vértices, rumbos y distancias de las poligonales que integran la superficie destinada, podrán ser modificadas.

ARTÍCULO CUARTO. - En caso de que el Ayuntamiento diera a la superficie de zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar que se destina, un aprovechamiento distinto al previsto en este Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, o dejara de utilizarla o necesitarla, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado por esta última.

ARTÍCULO QUINTO. - La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del acuerdo.

Visto 1783 veces
Inicia sesión para enviar comentarios

Vínculos importantes

Publicidad

Para anuncios en la versión impresa y en línea comunicarse a la Redacción al teléfono 322 294 8412