Como si se tratara de una burla para la víctima, en este caso para Claudia Lizette Peña, la condena será de cuatro años dos días de prisión por los delitos de violación en grado de tentativa y robo calificado. Los jueces desestimaron la violencia de género, mientras que el abogado defensor del agresor hasta se dio el lujo de señalar que su cliente no es una persona peligrosa, que incluso no se consumó la violación, mientras que el juez Joaquín Torres negó que se diera la violencia de género en el ataque que sufrió Claudia, porque la víctima tuvo la oportunidad hasta de defenderse.
Es lamentable que en el primer juicio oral que se registra en Puerto Vallarta se vea afectada –de una manera notable—una mujer que, de no ser porque se defendió, podría haber sido asesinada por su atacante, quien aprovechó que estaba sola y que era de noche, para atacarla físicamente y tratar de violarla.
Lamentable porque se exhibe, desde ahora, que el sistema de justicia es garantista, pero para garantizar el derecho de los delincuentes, para beneficiar muchas veces a quien delinque, mientras que, a la víctima, que en este caso tuvo que pasar todo un viacrucis de 10 meses, ni siquiera le garantizaron la reparación del daño –de poco más de 103 mil pesos--, pues si ella quiere que el sentenciado le pague, tendría que interponer otro juicio, uno de carácter civil.
Y lo que es peor, a Claudia Lizette ni siquiera le van a pagar los dos mil 500 pesos que cuesta el celular que David le robó, porque al juez que leyó el fallo, se le olvidó contemplar este dinero en la suma total de la reparación del daño. Incluso cuando la abogada de la fiscalía quiso reclamar, el juzgador sólo se limitó a decir que había otros recursos para reclamar, ya no quiso corregir su error en la lectura.
Fue el 02 de diciembre pasado, cuando en la Sala B de los juzgados orales se llevó a cabo la audiencia contra David “N” por diversos delitos. El Tribunal de Enjuiciamiento estuvo presidido por el juez Joaquín Torres; Miguel García como juez relator y Jaime Benjamín como tercer juez.
Todos ellos deliberaron y llegaron a un fallo que, hasta ahorita, no se sabe por qué la Fiscalía –cuya representante hizo en verdad un papel brillante—no apeló, ya que es claro que el Tribunal de Enjuiciamiento desestimó varios factores y tuvo una actitud pasiva que casi raya en lo misógino, al argumentar que la perspectiva de género resultaba insuficiente en este caso; esto, pese a que Claudia fue severamente golpeada por este sujeto al que un perito del reclusorio lo calificó como una persona emocionalmente sana, que sabía lo que hacía y que tiene algunos rasgos de trastorno de la personalidad; que no respeta la seguridad de otras personas ni de sí mismo, en suma, que tiene una conducta agresiva, activa y pasiva, por adicción a las drogas.
Sin embargo, el abogado defensor de David N, casi dibuja un angelito en la persona de este muchacho, al sostener en la audiencia que su cliente no era una persona peligrosa –pese a que otra mujer fue atacada en la misma colonia por este individuo, según el dicho de la afectada--, que no usó armas cuando cometió la tentativa de violación, por lo que pidió la pena mínima para él; que el tribunal tomara en cuenta su edad de 18 años y que, además, era primo delincuente, es decir, que era la primera vez que delinquía.
Imagine usted lo que sintió Claudia Lizette cuando David N tomó el micrófono y manifestó que quizá cometió un error (cuando la quiso violar y por poco la mata), que estaba estudiando la prepa en el reclusorio y que “me merezco una nueva oportunidad”.
Por ello, la Fiscalía pidió la pena máxima en el delito de violación en grado de tentativa para David, que se incluyera la agravante de la violencia de género y que se concursara con el otro delito, el de robo calificado (pues el individuo tuvo la delicadeza de llevarse el teléfono celular de la víctima), pero el tribunal hizo caso omiso.
Hay que recordar que sujeto se condujo de manera dolosa cuando perpetró el ataque contra Claudia, que lo hizo de manera clandestina para ingresar a su vivienda; que utilizó sus piernas para someterla (utilizó la violencia como medio pues) y tratar de satisfacer sus bajos instintos; que afectó su libertad sexual y que utilizó palabras soeces al tratar de violarla; que le gritó que era una presumida y una creída, es decir, denigró a la mujer.
Ella quedó dañada física y mentalmente, pero, aun así, estos jueces deliberaron que el grado de peligrosidad de David N es menor y que, por lo tanto, su grado de culpabilidad también es mínimo, según su “libre convicción” (la de los jueces).
De hecho, citaron algunos artículos del Código Penal de Jalisco para disminuir la pena a su mínima expresión.
La abogada de la fiscalía que estuvo al lado de Claudia, afirmó que la actitud antijurídica de David N fue bastante alta, pero nada de esto fue tomado en cuenta.
Claudia Lizette está indignada, frustrada con este fallo y esta sentencia. No puede creer que estos tres jueces pasaran por alto tantas evidencias y que se prestaran para garantizar los derechos del agresor, no los de ella que fue la víctima.
David N saldrá de prisión en menos de tres años –quizá por buena conducta—y mujeres como Claudia Lizette no saben si van a estar seguras en casa o no.
Por lo pronto, el primer juicio oral deja un mal sabor de boca para cientos de ciudadanos que creen y buscan justicia.